SUJETO NO OBLIGADO

La Curaduría Urbana Primera de Pereira, le informa a la ciudadanía que no es responsable de cargar este tipo de información en su página web, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1712 de 2014, artículo 5, parágrafo 1.

No aplica, sujeto no obligado de acuerdo a:

LEY 1712 DE 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”

ARTÍCULO 5. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta ley serán aplicables a las siguientes personas en calidad de sujetos obligados: 

PARÁGRAFO 1. No serán sujetos obligados aquellas personas naturales o jurídicas de carácter privado que sean usuarios de información pública.

CURADURIA URBANA 1 DE PEREIRA

Dirección: Calle 19, #648 Centro Comercial Arévalo – L 307 , Pereira, Risaralda,
Horario de atención: Lunes-Jueves 8AM-4PM Viernes 8AM – 3PM jornada continua
Teléfono conmutador: +57 606 335 45 13
Línea anticorrupción: +57 312 895 90 63

Correo de notificaciones judiciales: curaduria1@curaduria1pereira.com 

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