La Curaduría Urbana Primera de Pereira, le informa a la ciudadanía que no es responsable de cargar este tipo de información en su página web, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1712 de 2014, artículo 5, parágrafo 1.
No aplica, sujeto no obligado de acuerdo a:
LEY 1712 DE 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”
ARTÍCULO 5. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta ley serán aplicables a las siguientes personas en calidad de sujetos obligados:
PARÁGRAFO 1. No serán sujetos obligados aquellas personas naturales o jurídicas de carácter privado que sean usuarios de información pública.